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Que saber sobre la constitución de la comunidad de propietarios

Comunia Gestión Sin categoría 5 septiembre, 2017

Constitución comunidad de propietarios

 

La gran mayoría de la gente en Bizkaia vive en comunidades de vecinos, y para una buena convivencia vecinal es importante tener un Reglamento interno. Dicho reglamento tiene que regular las acciones principales de la comunidad para evitar conflictos entre los comuneros.

Hay que tener en cuenta que el Reglamento interno de una comunidad no puede ir en contra de los Estatutos de la comunidad ni de la Ley de Propiedad Horizontal.

El reglamento interno hace referencia a los usos de las zonas comunes (suelo, techos, portal, escalera, ascensor, piscina,...)  y los servicios comunes  ( horarios, recogida basura,..).

Para la aprobación del reglamento interno, es necesario aprobarlo en Junta por mayoría de los propietarios. Es decir, toda norma se puede modificar según los usos y costumbres.

 

Algunas normas para tener en cuenta en el Reglamento interno de la comunidad de propietarios:

  • Las normas que son de obligado cumplimiento en las instalaciones.
  • La comunidad podrá sancionar a las personas que incumplan las normas, siendo responsable el propietario de la propiedad.
  • Señalar los cauces para quejarse de los empleados que pueda tener la comunidad.
  • Expresar los cauces para elección de cargos en las Juntas de Propietarios.
  • Indicar el uso de las viviendas, teniendo en cuenta el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, la ordenanza municipal de contaminación acústica y los estatutos de la finca.
  • Detallar y explicar los niveles de ruido permitido y los horarios.
  • Acordar los cauces para la aprobación de elementos comunes: toldos, aire acondicionado,...
  • Aclarar si es necesario informar a la comunidad los datos de los inquilinos.
  • Cada propietario tendrá la obligación del pago de las cantidades acordadas en junta (cuota y derrama). Más allá de lo acordado en el contrato de arrendamiento.
  • Los propietarios se tendrán que hacer cargo de los daños sufridos en zonas comunes por parte de sus inquilinos, empresas contratadas, ...
  • Indicar a que elemento comunes está prohibido el acceso: cubierta, caldera,..
  • Uso de las zonas comunes: patios, piscina, etc.
  • Mostrar donde como y horario donde hay que dejar la basura para su recogida.
  • Ubicación de la zona para la colocación de las notas informativas de la comunidad.
  • Dejar sentado si hay zona de juegos infantil o no.
  • Explicar uso del ascensor (usuarios, numero personas, etc.)
  • Especificar el uso del garaje.
  • Definir la presencia de mascotas en la comunidad, si se permite o no.
  • Definición, elección y funciones de las personas o empresas contratadas ( conserje, personal limpieza, ...).

Para el buen funcionamiento de la comunidad, cuanto más especificadas y definidas están las normas de convivencia, resulta más fácil aplicarlas.

Muchas veces, algunas normas pueden parecer reiterativas e infantiles, pero son necesarias ya que todos los propietarios no tienen las mismas costumbres. Para evitar problemas comunitarios es mejor dejar todo escrito, aprobado por los propietarios en Junta.

Los problemas y deficiencias a los que se enfrenta la comunidad de propietarios

 

Las normas de convivencia tienen que ser conocidas por parte de todos los propietarios, para que todos los vecinos puedan cumplirlas. La comunidad podrá apercibir a quien las infrinjas según lo aprobado en las normas.

El fin último de las normas, es evitar conflicto entre vecinos. Ya que lo que se quiere es que la discusión no termine con la policía o en el juzgado.

La comunidad de propietarios tiene que tener en cuenta las leyes laborales de las personas contratadas (portero, limpieza,..) ya que estas deben de gozar de sus derechos.

En caso de incumplimiento la comunidad puede caer en una mala gestión. Esta será responsable del incumplimiento de las leyes laborales con las consecuencias que ello conlleva.

Las cuentas de la comunidad tienen que estar saneadas, ya que si no se pagan todos los servicios contratados. Algunas empresas pueden dejar de prestar el servicio. La empresa puede alegar  incumplimiento del contrato al tener una deuda contraída con ella.

 

 

Qué debe hacer un Administrador de la propiedad

Comunia Gestión Sin categoría 30 agosto, 2017

 

 

¿Estáis buscando un Administrador de la propiedad? ¿Te ofertan distintas propuestas y no sabes cual elegir?

 

 

 

El primer paso es determinar si se trata de un profesional que puede realizar sus funciones de Administrador de la propiedad de manera efectiva y transparente. Así asumir las tareas para las que los propietarios no están capacitados o no disponen de tiempo.

 

Lo primero que debes evaluar es que pueda cumplir las funciones especificas de su cargo de manera profesional y transparente. Tareas para las cuales muchas veces los propietarios no están capacitados o no disponen de tiempo.

Tareas y funciones del administrador de la propiedad

A continuación pasamos a hacer un resumen de dichas tareas:

  • Minimizar al máximo el gasto de la gestión comunitaria. Es necesario que el Administrador de la propiedad, encuentre la mejor manera de gestionar los elementos comunes de los vecinos. Con las mejores condiciones económicas posibles. Es fundamental que vele por los intereses de los propietarios.
  • Hacer de intermediarios entre todos los que viven en la comunidad: propietarios e inquilinos intentando alcanzar un acuerdo en las diferencias de opinión, conflictos y problemas que puedan surgir en la finca.
  • Constatar los acuerdos entre los vecinos y los que se lleven a cabo entre estos  y proveedores, prestadores de servicios ...
  • El Administrador de la propiedad debe guardar la documentación jurídica, contable e informativa referente a la comunidad que administra, teniéndola siempre a disposición de quien la solicita: estatutos, documentación bancaria, recibos y facturas, libro de actas, etc.
  • Realizar un presupuesto de gastos e ingresos que deberá ser aprobado en Junta de propietario siempre pendiente de buscar la mejor rentabilidad de todos.
  • Es labor del Administrador de la propiedad hacer la contabilidad del conjunto. Libros de ingresos y egresos, cobro a morosos, etc.
  • Cuando sea necesario ejecutar obras en el edificio, solicitara presupuestos a proveedores para la realización de obras o prestación de servicios relativos al mantenimiento del lugar. Cuando se trate de reparaciones urgentes no previstas también deberán actuar inmediatamente realizando los pagos pertinentes. En este caso siempre necesitaran avisar al Presidente.
  • Deberán tener en cuenta la Ley de Propiedad Horizontal y las normas para confeccionar, mantener actualizados y presentar ante quien corresponda todos los documentos y registros que requiere el correcto funcionamiento de un edificio.

 

En la búsqueda de Administrador de la propiedad

Te habrás encontrado candidatos que te ofrecen lo anteriormente expuesto y otros servicios añadidos. Últimamente estamos oyendo hablar de lo que se denominan gestores integrales. Además del asesoramiento legal, contable y jurí­dico, incluyen otros tales como limpieza, portera, mantenimiento ...

En la sabiduría popular se dice "quien mucho abarca, poco aprieta". No vamos a decir que suceda esto en todos los casos pero lo que si­ puede ocurrir que aunque al principio nos parezca que estamos ahorrando un dinero al contratar todos los servicios juntos, nos podemos encontrar que los resultados no sean satisfactorios y que el malestar por una limpieza poco optima, contratación de personal sin cumplir todas las exigencias en normativa laboral, mantenimiento con retrasos o poco efectivo, puede acarrear para los usuarios de la finca problemas de convivencia.

En este punto aparecen las discusiones entre vecinos  y se toman decisiones tales como dejar de abonar la cuota de comunidad puesto que no están conformes con el estado de las instalaciones, generándose unos problemas de convivencia y económicos que en la mayor parte de los casos tienen un difícil retorno.

Con lo anterior, no queremos decir que siempre que se contrate a un gestor integral vaya a suceder lo expuesto, pero es fundamental antes de contratarlo solicitar referencias a otras comunidades de propietarios y así­ poder decidir con los datos aportados.

Con los servicios contratados de manera independiente, podemos tener costos más elevados pero el Administrador de la propiedad se ocupará de que el servicio de limpieza se realice con personal apto y cualificado que trabajará bajo supervisión y dentro de los marcos legales en materia laboral. De la misma manera gestionará el resto de servicios comunitarios de mantenimiento: antena, jardinería, portero automático, ascensor y todos los que sean necesarios para el buen funcionamiento de la finca.

Podemos encontrar información para la contratación de un administrador de la propiedad a través de la web contrastando los servicios, consultar referencias y elegir el que consideren mejor según el presupuesto.

Funciones del Administrador de la propiedad para una buena gestión de comunidades

 

Es importante que los Administradores de la propiedad realicen una serie de funciones para conseguir una buena gestión de las comunidades:

  • Única cuenta bancaria: Claramente expresado por la Asociación de Presidentes de Comunidades y Administradores de fincas (APAF), consiste en que cada Comunidad de Propietarios dispone de una cuenta exclusiva, en donde quedan reflejados sus ingresos y gastos, y pueda conocer en todo momento el saldo bancario, siendo titular el presidente en funciones. El administrador de la propiedad podrá consultar los movimientos para realizar una correcta gestión. De esta manera se evita que el administrador de la propiedad, al tener todas las comunidades unificadas en una cuenta, mezcle los ingresos y gastos de varias, utilice los ingresos de cunas comunidades para cubrir los gastos de otras y no perciba cada una de ellas los intereses de sus cuentas. Todo esto nos llevará a un desvió de fondos, y derramas innecesarias para los vecinos, no sabiendo si están pagando más de lo necesario debido a un mal servicio del administrador de la propiedad.
  • Por otro lado, la cuenta única no permite un correcto control de impagados. La cuenta única convierte algo que debía ser claro y transparente en algo confuso y tan complejo que se convierte en el principal argumento para que el Administrador haga y deshaga a su gusto, sin ningún control financiero real.
  • Es importante que el Administrador de la propiedad estén colegiado para una mayor garantía y seguridad.
  • Compromiso de atención: Una Administración de la propiedad en la que no se atiende al teléfono, no responde a las consultas, que no gestiona las incidencias de los vecinos y que no muestra interés en los temas propuestos por los vecinos, no realiza una buena gestión de comunidades.
  • Superficialidad: Un profesional que se olvida de los pagos, omite informaciones, no se presenta a las reuniones o que trata los problemas con superficialidad, no merece seguir en la misma finca, evidentemente.
  • La causa más grave que lleva a los vecinos a votar un cambio de Administrador de la propiedad es la mala gestión de la comunidad. No  se trata únicamente de no solucionar los problemas, sino realizar subidas de cuotas no necesarias perjudicando así­ a los vecinos, emitir los recibos sin una fecha fija que puede crear morosos en la comunidad, gastos anuales que se plantean mal, poca transparencia en la morosidad, duplicidad de pagos, sanciones de los organismos oficiales y errónea gestión de los contratos, trabajos y obras innecesarias para favorecer a determinados proveedores que tienen relación directa con el Administrador de la propiedad con el fin de conseguir dinero extra o dar trabajo a conocidos y familiares.

 

El 8% de las quejas de las comunidades de propietarios se centran en la mala gestión del Administrador de la Propiedad. El profesional deberá ser honrado y transparente y deberá poner a disposición de los vecinos todas las informaciones que custodia. Además deberá ser diligente en la resolución de las necesidades de la comunidad que le ha contratado.

Cualquier conducta sospechosa del administrador de fincas deberá ponerse en conocimiento del colegio de administradores de fincas correspondiente, siendo la segunda opción acudir a la Administración de Justicia.

Es imprescindible participar bien de cerca de la administración de nuestros bienes.

 

Ordenanza de Ruidos comunitarios en Bilbao

Comunia Gestión Sin categoría 19 agosto, 2017

 Ordenanza municipal de ruidos de Bilbao

 

 

El ayuntamiento de Bilbao en la Ordenanza Municipal de Protección del medio Ambiente, B.O.B: 10/6/2000 , nos indica los criterios de calidad ambiental para los parámetros de vibraciones y ruidos en Bilbao . La contaminación acústica será reducida al máximo por La Administración pública de Bilbao.  Para ello se instalan unos varemos máximos de ruidos según horario:

 

Limite Exterior Limite Interior Lim. Interior  sábado, festivo y víspera festivo
Periodo Diurno 7 a 22 horas 8 a 22 horas 10 a 23 horas
Periodo nocturno 22 a 7 horas de 22 a 8 horas Franja intermedia ( 7 a 8 y 22 a 24 h.) Franja Intermedia  23 a 1 , y  9 a 10

 

Los limites acústicos en Bilbao son:

Exterior Leq DBA Interior
USOS DIA NOCHE DIA NOCHE
Sanitario 55 45 30 Leq  35 MaxL 25 Leq  30 MaxL
Residencial 65 55 35 Leq  40 MaxL 25 Leq  30 MaxL
Docente 62 60 30 Leq  35 MaxL
Oficinas 65 60 45 Leq
Comercial 70 60 50 Leq
Industrial 80 70 60 Leq

 

Así mismo el limite nocturno de ruidos podrá aumentarse en la franja intermedia 5 dBA, mientras que  el ruido de fondo se calcula: limite exterior + 3 dBA.

 

Quedan excluidos de los varemos de ruido en Bilbao de esta ordenanza:

Cuando se conceden autorizaciones especiales se darán en cuanto a horario y a las condiciones específicas que generan el ruido.  Señalar que quedan excluidos de la ordenanza los siguientes ruidos:

  1. Los ruidos con carácter temporal y en zonas específicas que se producen por actividades con motivo de fiestas patronales o espectáculos públicos , religiosos, culturales, … y que han solicitado la autorización pertinente.
  2. Durante la noche se podrán realizar ruidos de obras de construcción o derribo, según las Directivas Europeas.
  3. La Ley de Propiedad Horizontal regula las molestias entre viviendas. Los interesados podrán pedir a la Administración municipal que aporte mediciones y pruebas.
  4. Situaciones que implican interés general, urgencia o peligro. ( Desordenes público, zonas de moda, …)
  5. Vehículos a motor en el exterior de un local.

 

 

Para evaluar las emisiones en exterior o en interior, los criterios serán: Niveles en decibelios, Niveles continuos durante el tiempo y Niveles sonoros máximo

 

Todas estas mediciones de niveles sonoros se realizan mediante un equipo especializado llamado Sonómetro y  para su manejo del equipo el personal tiene que tener formación técnica. Los Inspectores de Medio Ambiente y del Servicio de Seguridad Ciudadana vigilarán el incumplimiento de la normativa. Podrán hacer las mediciones que consideren oportunas sin necesidad de ponerlo en conocimiento del posible infractor. Las mediciones serán válidas como pruebas del posible expediente sancionador. El técnico de Bilbao crea que los ruidos son evitable, se deberán tomar las medidas para que los ruidos cesen o disminuyan.

 

Los vecinos que emiten ruidos en Bilbao

Los propietarios que generen ruidos en Bilbao tendrán que tener en cuenta los procesos productivos y los sistemas de aislamiento actuales.  Deben evitar en la manera de lo posible la emisión de ruidos para no superar los límites. Las actividades que sean molestas deberán presentar un proyecto técnico con la licencia de actividad que debe incluir:

  1. Elementos que generan ruido.
  2. Descripción del ruido.
  3. Niveles sonoros de emisión.
  4. Ubicación de cada elemento que genera ruido.
  5. Datos de los propietarios afectados o del Presidente de la comunidad.
  6. Datos del Jefe de Obra encargado de las medidas correctoras.
  7. Medidas correctoras propuestas para evitar el ruido.

 

Los técnicos inspectores realizaran todas las inspecciones de medio ambiente oportunas y podrán exigir certificaciones acreditativas de la mediciones de aislamiento de los elementos sonoros. Todas las actividades tienen que tener unos aislamientos mínimos según su uso. Y dependiendo de donde provenga el ruido tendrán que tener unos tratamientos u otros:

  1. Aéreo: tratamiento suelo, paredes y techo.
  2. Estructural: suelo flotante
  3. Las maquinas deberán sujetarse con elementos elásticos para evitar vibraciones.
  4. Establecimiento hostelería con equipo de música: instalaran una doble puerta ( nunca estarán las dos puertas abiertas).

 

Cuando se realizan obras en un edificio en el municipio de Bilbao, se debe hacer un informe técnico. Dicho informe debe incluir como se va a  minimizar los ruidos y las vibraciones de los trabajos que se van a realizar.

 

 

Adminsitrador de fincas y la gestión de los datos comunitarios

Comunia Gestión Sin categoría 8 agosto, 2017

El administrador de fincas como encargado del fichero de datos comunitarios

 

 

El tratamiento de datos realizados por la comunidad de propietarios tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal. Así como garantizar los derechos de los propietarios de cada comunidad.

La comunidad de propietarios es el responsable del tratamiento de los ficheros de datos creados para la gestión comunitaria.

 

Los usos que el administrador de fincas realiza son únicamente los que atribuye la Ley de Propiedad Horizontal. Estos usos son de datos de carácter personal de los propietarios, así como de terceros afectados por gestiones comunitarias.

 

 

Según la normativa de protección de datos el administrador de fincas tiene que cumplir:

  • Finalidad exclusiva de prestar un servicio al responsable del fichero.
  • Dicho servicio deberá está firmado por ambas partes para poder acreditar su contenido.
  • Únicamente tratara conforme a las instrucciones de la comunidad y no con fines distintos al que aparezca en dicho contrato.
  • Uso de los datos en el ámbito designado por la comunidad.
  • Actúa conforme a las instrucciones del tratamiento en las gestiones comunitarias.
  • Cuanto termine la relación contractual con el administrador de fincas, se devolverán toda la documentación a la comunidad, en la que conste datos de carácter personal de la comunidad.
  • Sin embargo, el administrador podrá mantener, boqueado, los datos que pudieran derivarse responsabilidades de su gestión.

 

El administrador de fincas deberá mantener las mismas medidas de seguridad que le son exigibles a la comunidad de propietarios.

En caso del mal uso de los ficheros de datos por parte de la administración de fincas. Usando los datos para otra finalidad de la que aparece en el contrato o facilitados a otras personas o empresas. Podrá el administrador de fincas ser responsable del mal uso de los datos y responder a infracciones en las que incurriese personalmente.

Para tratar los datos de carácter personal contratando a una empresa externa, se deberá contar con el consentimiento especifico e informado de los propietarios comuneros.

En el contrato entre las partes debe firmarse las obligaciones de ambas partes contratantes según la ley de protección de datos.

El Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea entrara en vigor el 25 de mayo del 2018. Este reglamento trae cambios importantes en la normativa aplicada en la actualidad.

El administrador de fincas al ser el encargado de los ficheros debe tener la documentación a disposición de la Agencia Española de Protección de Datos. Esta medida está incluida en el artículo 30 del Reglamento General de Protección de Datos, denominado “Registro de las actividades de tratamiento”.

 

El administrador de fincas debe cumplir también estas medidas, como encargados de los ficheros.

 

Para cumplimentar esta exigencia de este artículo, la administración de fincas debe llevar un registro de todas las categorías de actividades efectuadas y debe contener:

  1. Datos personales de contacto del responsable de gestionar los ficheros de datos y del delegado de la administración de fincas.

 

  1. Los registros tendrán todas categorías según su uso y el responsable tendrá que realizar, si le es posible, medidas técnicas y organizativas de seguridad dependiendo en cada caso de los registros.

 

  1. Toda la información de los ficheros y registros estará por escrito.

 

  1. El responsable del tratamiento deberá poner a disposición de la Agencia Española de Protección de Datos los registros si la agencia lo solicita.

 

La normativa de la protección de datos nos dice que hay que tener una persona responsable de los registros, la cual es responsable del fichero. El administrador de fincas en sus funciones de encargado del tratamiento de los datos. Así como en su función de asesoramiento, deberá supervisar y facilitar su cumplimiento y participar del mismo.

 

El administrador de fincas está en la obligación de dar a las comunidades de propietarios los datos necesarios para realizar los ficheros los datos de carácter personal según la normativa vigente. El asesoramiento y la información tiene que ser correspondiente a las gestiones comunitarias tanto ordinarias como extraordinarias.

Según el Reglamento General de Protección de Datos, toda comunidad de propietarios tiene la obligación de hacer el alta de ficheros de los registros de tratamiento de datos que corresponda. El administrador de fincas será el encargado de explicar dicha obligación y tramitación a los comuneros, siendo posible que sea el encargado de hacer el alta del fichero.

Para garantizar el cumplimiento de la obligación de registro, habrá que hacer correctamente el registro de cada actividad.

 

El administrador de fincas debe explicar a la comunidad.

El administrador de fincas debe explicar a los propietarios el tratamiento y uso de los datos personales, quien es el responsable de los datos, finalidad y todo ello se explicara  en la recogida de los datos. Los datos serán figurar en los formularios que el administrador de fincas decida, ya que hay obligación de tenerlos por escrito, en papel o electrónicamente.

 

Los datos personales serán entregados por los propietarios al administrador de fincas y si se recaban indirectamente habrá que notificárselo al implicado en el plazo máximo de 3 meses.

Ambas partes deberán asegurarse de que los datos facilitados están correctos para su correcta gestión según las necesidades para los que fueron requeridos.

El administrador de fincas solo debe recabar los datos estrictamente necesarios y lo tiene que hacer de forma leal y transparente. Deberá de tener un protocolo para la actualización de los datos y su verificación, y para la cancelación de los datos cuando ya no tengan la misma finalidad.

 

Fuente:  Agencia Española de Protección de Datos

Administración de Fincas y Protección de Datos

Comunia Gestión Sin categoría 3 agosto, 2017

Legitimidad de la Administración de Fincas para la protección de datos comunitarios

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) reconoce que uno de los temas más consultados en su página web es la protección de datos en las comunidades de vecinos.

 

La Administración de Fincas,  gestionan el 80% del paquete total de viviendas en Bizkaia. Estos profesionales están legitimados para tratar y disponer de los datos de los copropietarios. Los datos que resulten necesarios para la gestión ordinaria de los asuntos de la comunidad. En virtud de la relación contractual que les vinculan con la comunidad. Y en los términos acordados en la misma y en el marco de la Ley de Propiedad Horizontal.

 

Todo el tratamiento se hace según la normativa de protección de datos vigente actualmente en nuestro país. Señalar que, en mayo del 2016, se publicó el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. Este reglamento será aplicable desde mayo del 2018 e introduce cambios importantes en la normativa aplicable en la actualidad.

 

Los ficheros de propietarios y la administración de fincas

La Administración de Fincas, son gestores materiales de los tratamientos y asesores de todo lo relacionado con la protección de los datos personales afectados. El fichero más usual en una comunidad de Propietarios es el que incorpora información personal de los propietarios integrantes de la propia comunidad. Estos ficheros suelen contener los siguientes datos: nombre de los propietarios, teléfonos, dirección postal y dirección de correo electrónico.

 

Suelen llamarse Fichero de Propietarios” y la administración de fincas se sirve de él para su gestión contable, fiscal y administrativa. Asegurando el cumplimiento por los propietarios de las obligaciones impuestas por:

  • Ley de Propiedad Horizontal (LPH)
  • Ejercicio de los derechos que corresponden a los copropietarios en la comunidad.

 

La finalidad del tratamiento de los datos de las comunidades de propietarios es la de Gestión de la Comunidad. Sirve para funciones legales y contractuales asumidas, así como para facilitar el ejercicio de sus derechos a los propios propietarios comuneros.

El fichero de propietarios tiene la obligación de inscribirse en el Registro General de Protección de Datos. Esta obligación corresponde a la comunidad. Pudiendo hacer la inscripción el presidente o la administración de fincas colegiado, que actúa como representante del responsable del fichero.

 

 

Recordar que el responsable de los ficheros creados para la gestión adecuada y funcionamiento correcto de la comunidad de propietarios corresponde a la Comunidad de Propietarios . Esta responde en caso de mal uso del fichero, multa dela Agencia Española de Protección de Datos, ….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El excedente de vivienda nueva sin vender.

Comunia Gestión Sin categoría 14 julio, 2017

El excedente de vivienda nueva sin vender sigue en el medio millón pese a bajar en 2016

 

 

 

 

Se situó el año pasado en 491.693 unidades, un 4,3% menos que en 2015. Según datos del Ministerio de Fomento, es la cifra más baja desde 2007.

 

Son las consecuencias de la burbuja inmobiliaria, que seguimos notando. Según datos del Ministerio de Fomento, el excedente en España de viviendas nuevas sin vender se situó el año pasado en 491.693 unidades, un 4,3% menos que en 2015 y la cifra más baja desde 2007, antes de que estallara la burbuja inmobiliaria. Con el descenso de 2016 son ya siete ejercicios consecutivos en los que se reducen las existencias de vivienda nueva.

El stock cayó el 1,1% en 2010; el 2,5% en 2011; el 6,9% en 2012;, el 3,3% en 2013; el 5% en 2014, y el 4,1% en 2015. Son ya 7 ejercicios consecutivos en los que se reduce el 'stock'De esta forma, las existencias de vivienda nueva sin vender han pasado de 649.780 unidades en 2009 a 491.693 en 2016, lo que supone un descenso del 24,3%. El excedente de inmuebles sin vender sobre el parque total de viviendas se situó el año pasado en el 1,92%.

Las existencias disminuyeron en 2016 en todas las comunidades autónomas, con el País Vasco (34,39%) y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla (22,26%) al frente. También descendieron más de un 10% las existencias en las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa, Guadalajara, Lugo, Huesca y Huelva.

Tres comunidades autónomas acumulan el 49,61% del total; son Comunidad Valenciana, Cataluña y Andalucía. Las comunidades con mayor porcentaje de excedente sobre el número total de viviendas son La Rioja, Castilla-La Mancha, Murcia, Comunidad Valenciana, Canarias, Cataluña y Baleares. En la situación contraria se encuentran Navarra, Extremadura, Cantabria y País Vasco, con un stock inferior al 1% del parque de viviendas.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/3089872/0/excedente-vivienda-nueva-espana-medio-millon-baja-2016/#xtor=AD-15&xts=467263

Costas judiciales por cláusula suelo

Clásusula suelo
Comunia Gestión Sin categoría 10 julio, 2017

El Supremo obliga a los bancos a pagar las costas judiciales por cláusulas suelo abusivas

Los bancos deberán abonar las costas judiciales de las dos instancias previas al recurso de casación en materia de cláusulas suelo abusivas, según ha acordado en pleno el Tribunal Supremo, que ha adoptado dicha medida para evitar que los gastos del proceso causen un "efecto disuasorio" en el consumidor.

En la sentencia conocida este jueves, la sala de lo Civil del Alto Tribunal, presidida por el juez Francisco Marín Castán, defiende la necesidad de esta orden pues si el cliente, a pesar de vencer el litigio, tuviera que abonar las costas judiciales, ello podría suponer que otros afectados no acudieran a los tribunales por cantidades poco significativas.

El fallo, que cuenta con el voto particular de tres magistrados, estima de este modo el recurso interpuesto por un usuario de CaixaBank contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, que declaró la nulidad de la cláusula aunque eximió a la entidad de dicho pago en junio de 2015.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Sin embargo, la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado diciembre concedió la plena retroactividad a todos quienes suscribieron un contrato hipotecario de tales características, abría una nueva vía a los perjudicados para que éstos solicitaran el reintegro de las cantidades que abonadas de más de forma indebida.

Se produciría un efecto disuasorio inverso para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas Así lo reconoce la sala, que ahora avala la petición del cliente ya que, en su opinión, de ratificar el criterio anterior "se produciría un efecto disuasorio inverso, no para que los bancos dejaran de incluir las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios sino para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas".

De igual forma, afea que el banco pretendiera, más allá de invocar a su favor la anterior doctrina del Supremo, vigente hasta el pasado febrero y que establecía como límite temporal para reclamar el 9 de mayo de 2013, "intentar la suspensión de recurso y negar por completo la obligación de restitución". En su voto particular, los magistrados José Antonio Seijas, Ignacio Sancho Gargallo y Eduardo Baena Ruiz aseguran aceptar la sentencia si bien discrepan de la decisión en tanto que la completa retroactividad tuvo un "carácter sobrevenido".

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/3084583/0/supremo-banco-pago-costas-judiciales-clausulas-suelo-abusivas/#xtor=AD-15&xts=467263

 

Qué saber de tu piscina comunitaria

Comunia Gestión Sin categoría 7 julio, 2017

Piscina comunitaria

Con la llegada del verano y el buen tiempo la piscina se convierte en la zona más utilizada por los vecinos de una comunidad de propietarios. Pero para que todos disfruten adecuadamente de la misma es imprescindible conocer todas las obligaciones que existen en una piscina comunitaria para su correcto funcionamiento.

En primer lugar, cada comunidad autónoma establece una legislación diferente, a la que se añaden las ordenanzas municipales al respecto. En Andalucía están exentas de cumplir con la normativa relativa a piscinas de uso colectivo aquellas piscinas de comunidades de propietarios con menos de 20 viviendas.

Hay una serie de aspectos a tener en cuenta, independientemente de si se usa o no la piscina:

a) Todas las piscinas deben contar con unas normas de régimen interno, que deberán ser colocadas en un lugar visible (entrada e interior de las instalaciones).
b) Es la propia comunidad la que debe de vigilar que cumplan todas las normas de salubridad establecidas por la ley.
c) Los horarios y normas de uso deben de estar sujetos a lo previsto en el estatuto de la comunidad o a lo adoptado por mayoría en la Junta.
d) La Ley de Propiedad Horizontal no obliga a las comunidades a concertar un seguro de responsabilidad civil, pero es recomendable.
e) Todas las piscinas cuya lámina de agua sea superior a 200 metros cuadrados tienen que contar con la vigilancia de un socorrista. El número aumentará en función del tamaño de la piscina.

En cuanto al mantenimiento de las piscinas comunitarias es importante que se prolongue durante todo el año para evitar tener que solicitar licencia de reapertura cada temporada de baño. En ese sentido, es indispensable saber qué productos se deben utilizar en cada época del año. Hay que estar atentos, por ejemplo, a que los niveles del Ph sean los correctos. Además, el hecho de manipular productos químicos para conservar el buen estado de la piscina comunitaria obliga a contar con empresas homologadas, con un plan de Prevención de Riesgos Laborales.
Los parques infantiles en comunidades de propietarios son otra de las zonas más usadas dentro de un edificio a las que se les aplican la normativa de uso público y comercial. Es decir, si una comunidad instala un tobogán o un columpio deberá tener en cuenta la normativa pública. Podríamos destacar las siguientes reglas:

a) Si los parques son de madera, los asientos de los columpios serían de cauchos con cadenas.
b) Las rampas de los toboganes tienen que ser fuertes y gruesas.
c) El suelo del parque infantil debe ser blando para una mayor seguridad (abundante arena o caucho).
d) Para unidades de juego destinadas a niños de 0 a 3 años, se requiere una vigilancia constante por un monitor o adulto.
e) Todos los tubos o túneles de más de 2m de longitud son accesibles para los adultos por ambos lados. Además, todos los toboganes deben tener una adecuada superficie de caída.
f) Todos los elementos sobresalientes como los tornillos deben de estar cubiertos con elementos legales, generalmente tapones redondos de polietileno y están prohibidos los bordes afilados.
Se recomienda que la comunidad solicite un informe técnico acreditativo del cumplimiento de todas las medidas de seguridad con las que debe contar este tipo de instalaciones y así evitar problemas en caso de accidente, en los que las indemnizaciones pueden ser cuantiosas.

La opinión de Malaga.

Si tiene cualquier duda contacte con Comunia® o con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas De Bizkaia.

 

¡Comunia pone en marcha su página web!

Comunia Gestión Sin categoría 21 junio, 2017

    ¡¡¡¡¡Comunia acaba de inaugurar su nueva página!!!!!

 

Gracias a todos los que nos habéis ayudado en esta aventura, sin vosotros no hubiese sido posible. En especial al equipo de Seotacticas: Txema y Javier, que nos han atendido en todo momento y han realizado un estupendo trabajo.

El video de inicio de la página lo ha realizado Xabier Antoviaque, que desinteresadamente lo presta para su utilización. Nos encanta.

 

Y ya sabéis, cualquier cosa relacionada con Administraciones de Fincas y Comunidades de Propietarios, aquí estamos, deseando  colaborar con vosotros.

Trabajando en Comunia

 

 

Esperamos veros pronto!

 

 

Un abrazo,

Pilar y María Jesús