Que saber sobre la constitución de la comunidad de propietarios

Comunia Gestión Sin categoría 5 septiembre, 2017

Constitución comunidad de propietarios

 

La gran mayoría de la gente en Bizkaia vive en comunidades de vecinos, y para una buena convivencia vecinal es importante tener un Reglamento interno. Dicho reglamento tiene que regular las acciones principales de la comunidad para evitar conflictos entre los comuneros.

Hay que tener en cuenta que el Reglamento interno de una comunidad no puede ir en contra de los Estatutos de la comunidad ni de la Ley de Propiedad Horizontal.

El reglamento interno hace referencia a los usos de las zonas comunes (suelo, techos, portal, escalera, ascensor, piscina,...)  y los servicios comunes  ( horarios, recogida basura,..).

Para la aprobación del reglamento interno, es necesario aprobarlo en Junta por mayoría de los propietarios. Es decir, toda norma se puede modificar según los usos y costumbres.

 

Algunas normas para tener en cuenta en el Reglamento interno de la comunidad de propietarios:

  • Las normas que son de obligado cumplimiento en las instalaciones.
  • La comunidad podrá sancionar a las personas que incumplan las normas, siendo responsable el propietario de la propiedad.
  • Señalar los cauces para quejarse de los empleados que pueda tener la comunidad.
  • Expresar los cauces para elección de cargos en las Juntas de Propietarios.
  • Indicar el uso de las viviendas, teniendo en cuenta el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, la ordenanza municipal de contaminación acústica y los estatutos de la finca.
  • Detallar y explicar los niveles de ruido permitido y los horarios.
  • Acordar los cauces para la aprobación de elementos comunes: toldos, aire acondicionado,...
  • Aclarar si es necesario informar a la comunidad los datos de los inquilinos.
  • Cada propietario tendrá la obligación del pago de las cantidades acordadas en junta (cuota y derrama). Más allá de lo acordado en el contrato de arrendamiento.
  • Los propietarios se tendrán que hacer cargo de los daños sufridos en zonas comunes por parte de sus inquilinos, empresas contratadas, ...
  • Indicar a que elemento comunes está prohibido el acceso: cubierta, caldera,..
  • Uso de las zonas comunes: patios, piscina, etc.
  • Mostrar donde como y horario donde hay que dejar la basura para su recogida.
  • Ubicación de la zona para la colocación de las notas informativas de la comunidad.
  • Dejar sentado si hay zona de juegos infantil o no.
  • Explicar uso del ascensor (usuarios, numero personas, etc.)
  • Especificar el uso del garaje.
  • Definir la presencia de mascotas en la comunidad, si se permite o no.
  • Definición, elección y funciones de las personas o empresas contratadas ( conserje, personal limpieza, ...).

Para el buen funcionamiento de la comunidad, cuanto más especificadas y definidas están las normas de convivencia, resulta más fácil aplicarlas.

Muchas veces, algunas normas pueden parecer reiterativas e infantiles, pero son necesarias ya que todos los propietarios no tienen las mismas costumbres. Para evitar problemas comunitarios es mejor dejar todo escrito, aprobado por los propietarios en Junta.

Los problemas y deficiencias a los que se enfrenta la comunidad de propietarios

 

Las normas de convivencia tienen que ser conocidas por parte de todos los propietarios, para que todos los vecinos puedan cumplirlas. La comunidad podrá apercibir a quien las infrinjas según lo aprobado en las normas.

El fin último de las normas, es evitar conflicto entre vecinos. Ya que lo que se quiere es que la discusión no termine con la policía o en el juzgado.

La comunidad de propietarios tiene que tener en cuenta las leyes laborales de las personas contratadas (portero, limpieza,..) ya que estas deben de gozar de sus derechos.

En caso de incumplimiento la comunidad puede caer en una mala gestión. Esta será responsable del incumplimiento de las leyes laborales con las consecuencias que ello conlleva.

Las cuentas de la comunidad tienen que estar saneadas, ya que si no se pagan todos los servicios contratados. Algunas empresas pueden dejar de prestar el servicio. La empresa puede alegar  incumplimiento del contrato al tener una deuda contraída con ella.