JUNTA DE PROPIETARIOS

Comunia Gestión Sin categoría 22 septiembre, 2017

 

 

 

JUNTA DE VECINOS

 

 

 

 

 

Una junta de vecinos es la reunión que hacen todos los propietarios de un inmueble, ya sean pisos, locales, garajes ..

Estas juntas se hacen para favorecer el funcionamiento del inmueble y velar por los intereses y derechos de los vecinos.

En toda comunidad existe la figura del Presidente. Este será¡ un propietario del inmueble que ejercerá¡ el cargo durante un año.

La ley de Propiedad Horizontal en el articulo 16.1 expone "La Junta de propietarios se reunirá¡ por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de estos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación".

Este articulo nos indica que para convocar una junta:

  • Tiene que convocarse por el presidente o el 25% de los propietarios e ir firmada por el convocante.
  • Tiene que exponer: día, hora y lugar donde se realizara la junta.
  • Orden del día: Temas a tratar en la reunión.
  • La junta se convoca en Primera convocatoria y en Segunda Convocatoria con al menos media hora entre ellas.

Para que este válidamente los constituida la junta en 1ª Convocatoria tienen que estar presentes la mitad más uno del 100%.

Si no se llega a esta mayoría, se espera a 2ª convocatoria que se legitima la junta con los vecinos allá­ reunidos.

  • El Último punto del orden del día es Ruegos y Preguntas.
  • Habrá una relación de los propietarios que no están al corriente de los pagos y se advertirá de la privación del derecho de voto si no han abonado las cantidades antes de la junta.

 

 

 

 

En una comunidad de vecinos puede haber

juntas ordinarias o extraordinarias.

 

 

 

La Junta General Ordinaria corresponde a la reunión anual de la comunidad donde las características de esta reunión son:

  • Se convoca con mínimo 6 días de antelación.
  • Expone el Orden del día en el que tiene que incluir:

Cuentas anuales

Presupuestos, Cuotas ,..

Cambios de Órganos de gobierno de la comunidad (presidente, administrador)

Incidencias del ejercicio anterior

Acuerdos para el funcionamiento y convivencia del ejercicio.

 

Mientras que en las Junta General Extraordinaria se trata de la junta que se hace en el año y que no sea la junta ordinaria. Las características son:

  • Se convoca para que llegue a conocimiento de todos los propietarios.
  • El orden del día será¡

Obra

Derrama

U otro problema que afecte a la comunidad y que no puede esperar a la Junta Ordinaria.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tras terminar la reunión, ordinaria o extraordinaria, se debe redactar un documento  en los  10 días siguientes que se llama Acta de la reunión y debe contener:

  • Fecha de la reunión.
  • Asistentes a la reunión.
  • Quien convoco la junta.
  • Si la reunión es ordinaria o extraordinaria.
  • Reunión en Primera o Segunda convocatoria.
  • Se recoja todo lo tratado en la junta.
  • Conclusiones de la junta y votaciones si las hubiera.
  • Debe ser firmada por el presidente y el administrador.

 

El acta debe transcribirse al LIBRO DE ACTAS que debe estar registrado en el registro de la propiedad. El acta se remitirá mediante una copia a cada propietario del inmueble.

 

(Fotos sala de Juntas Comunia ®)